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Conforme establece la resolución 2646 del 17 julio del 2018 emitida por el Ministerio de la Protección Social, como medida preventiva de acoso laboral y factores de riesgo psicosocial que afectan la salud en el trabajo y determinan el origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional, se constituye el Comité de Convivencia Laboral conformado por representes del empleador y trabajador, con sus respectivos suplentes.
Habilidades de comunicación asertiva, liderazgo, resolución de conflictos laborales; y valores como el respeto, tolerancia, serenidad y ética, son algunas características que deben integrar los empleados del comité. «Por medio de una votación secreta, la comunidad académica UDES selecciona al órgano encargado de adelantar trámites tendientes a conductas de acoso laboral que se presenten en la institución, con el propósito de mantener un ambiente de trabajo sano y apropiado»; manifiesta Shirley Paola López Contreras, coordinadora de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Universidad de Santander.
Por un periodo de vigencia de dos años, representantes del comité de convivencia laboral a través acciones preventivas y correctivas efectuarán actividades para sobrellevar este tipo de situaciones bajo el marco de la confidencialidad, respecto y con ánimo conciliatorio.
Los interesados en participar en la convocatoria, deberán enviar sus datos personales al correo electrónico a
Universidad de Santander UDES. Vigilada Mineducación.
Resolución otorgada por el Ministerio de Educación Nacional: No. 6216 del 22 de diciembre de 2005 / Personería Jurídica 810 de 12/03/96.
Institución sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional. Resolución 12220 de 2016.
Notificaciones administrativas y judiciales:
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